Requisitos de Nacionalidad Española 2026: Guía Completa
La nacionalidad por residencia, explicada con claridad: los plazos de 10, 2 y 1 año, los exámenes CCSE y DELE, el expediente documental completo, la jura notarial más rápida y lo que la doble nacionalidad realmente significa para su pasaporte, de la mano de una abogada colegiada afincada en Málaga.
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Comprobamos su cronología de residencia, preparamos su plan para el CCSE y el DELE, elaboramos su expediente documental, presentamos la solicitud y gestionamos su jura de nacionalidad una vez aprobada, todo por una tarifa fija.
Consulta gratuita
La nacionalidad española por residencia exige 10 años de residencia legal y continuada para la mayoría de solicitantes, 2 años para nacionales iberoamericanos, andorranos, filipinos, ecuatoguineanos, portugueses y sefardíes, y 1 año para cónyuges de ciudadanos españoles. Debe aprobar el examen cultural CCSE y, salvo exención, el examen de español DELE, y después jurar fidelidad en un Registro Civil o, más rápido, ante notario. La doble nacionalidad está permitida con la mayoría de países iberoamericanos y una lista corta de otros; el resto técnicamente renuncia sobre el papel. Nuestra tarifa fija es de 600 € por la solicitud, más 150 € si quiere que gestionemos su jura notarial.
Qué es la nacionalidad española por residencia y a quién encaja
La nacionalidad por residencia es la vía que usan los extranjeros para hacerse ciudadanos españoles tras haber vivido legalmente en España el tiempo suficiente para demostrar vínculos reales y continuados con el país. Es distinta del arraigo, que regulariza su situación migratoria, y distinta de la nacionalidad de origen. Este es el paso final: convertir años de residencia legal en un pasaporte español, plenos derechos de voto y, para la mayoría de solicitantes, no volver a renovar nunca más un visado o una tarjeta TIE.
Encaja en tres grandes grupos. Primero, extranjeros de larga residencia de cualquier nacionalidad que han acumulado 10 años de residencia legal continuada, normalmente antiguos titulares de visado no lucrativo, visado de trabajo o arraigo que simplemente fueron renovando. Segundo, nacionales de países iberoamericanos y una lista corta de países con vínculos históricos, que llegan al mismo resultado en una quinta parte del tiempo gracias a un requisito reducido de 2 años. Tercero, cónyuges de ciudadanos españoles, que cumplen los requisitos tras solo 1 año de matrimonio y residencia legal, siempre que el matrimonio sea genuino, esté inscrito y no exista separación.
No encaja en personas que todavía no han acumulado el historial de residencia que exige la ley, y no es un atajo que sortee el visado o el arraigo subyacente; esas vías van primero, la nacionalidad viene después. Si todavía está resolviendo su situación de residencia, nuestras páginas de Arraigo España y Residencia Permanente cubren los pasos previos a este.

Regla general: cuente primero sus años de residencia legal continuada, compruebe qué plazo se aplica a su nacionalidad o matrimonio, y solo entonces empiece a planificar sus exámenes CCSE y DELE. Equivocarse de plazo es el motivo más habitual por el que los solicitantes presentan la solicitud un año o más antes de tiempo.
Los tres plazos de residencia: 10, 2 y 1 año
El derecho de nacionalidad español establece tres requisitos de residencia distintos según su perfil, y confundirlos es un error común y costoso. La norma estándar son 10 años de residencia legal y continuada en España, contados desde su primer permiso de residencia legal, no desde su fecha de llegada si estuvo indocumentado antes de regularizarse. Existen dos vías más cortas para personas con vínculos históricos o familiares más estrechos con España.
Los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal, junto con los sefardíes que puedan documentar esa ascendencia, solo necesitan 2 años de residencia legal. Es una de las categorías de plazo reducido más amplias del derecho español y refleja siglos de historia y lengua compartidas, no ningún umbral de inversión o renta. Los cónyuges de ciudadanos españoles cumplen los requisitos tras solo 1 año de residencia legal y matrimonio, al igual que un pequeño número de otros casos especiales: personas nacidas en España, personas que estuvieron bajo la tutela legal de un ciudadano o institución española durante dos años consecutivos, cónyuges viudos de ciudadanos españoles que no estaban separados en el momento del fallecimiento, y descendientes de personas que fueron originariamente españolas.
| Categoría | Residencia exigida | Quién cumple los requisitos |
|---|---|---|
| Estándar | 10 años | La mayoría de nacionalidades, sin otro vínculo especial con España |
| Reducida (iberoamericana y afines) | 2 años | Países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal, sefardíes |
| Cónyuges de ciudadanos españoles | 1 año | Casados y residiendo legalmente con un ciudadano español, sin separación |
| Otros casos especiales | 1 año | Nacidos en España, cónyuges viudos de españoles, antigua tutela española, descendientes de españoles |
Las tres vías exigen igualmente que la residencia sea legal y, en la mayoría de casos, continuada, es decir, sin ausencias prolongadas sin explicar y sin lagunas en las que su permiso caducara. Los viajes cortos al extranjero son normales y esperables; lo que causa problemas es una residencia indocumentada, interrumpida o basada en un permiso que después se declaró inválido. Si está siguiendo específicamente la vía del matrimonio, consulte nuestra página de Nacionalidad Española por Matrimonio para los detalles que esa vía añade sobre el proceso general que sigue a continuación.
Los exámenes CCSE y DELE, y quién está exento
Dos exámenes se interponen entre casi todo solicitante y un expediente de nacionalidad completo. El CCSE, Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España, es una prueba obligatoria tipo test de 25 preguntas sobre la constitución, las instituciones, la geografía, la historia y la cultura de España, gestionada por el Instituto Cervantes. Existe un banco oficial fijo de unas 300 preguntas, el examen se extrae de él, y se exige una nota de aprobado de 15 sobre 25. Prácticamente todo el que solicita la nacionalidad por residencia debe presentarse y aprobarlo, con exenciones muy limitadas para niños pequeños y solicitantes con una discapacidad certificada que les impida realizarlo.
El DELE, Diploma de Español como Lengua Extranjera, acredita que su español es suficientemente bueno para integrarse y participar en la vida cívica, normalmente al nivel A2 o un equivalente aceptado. Aquí es donde más importan las exenciones: los nacionales de países hispanohablantes, la mayor parte de Latinoamérica más Guinea Ecuatorial y, por razones históricas, Filipinas, no necesitan presentarse, como tampoco los solicitantes que puedan documentar que se educaron en español. Todos los demás, incluida la mayoría de solicitantes de países angloparlantes, francófonos y otros países no hispanohablantes, necesitan reservar y aprobarlo como parte del expediente.
Reserve ambos exámenes con antelación. Las convocatorias del Instituto Cervantes se llenan, los resultados tardan semanas en emitirse, y un certificado ausente o caducado es uno de los motivos más habituales por los que un expediente de nacionalidad se queda esperando en lugar de avanzar.
Ambos certificados se incorporan a su expediente junto a su documentación civil y de residencia. Ayudamos a los clientes a planificar el calendario de estudio para el CCSE, confirmamos si la exención del DELE aplica realmente a su nacionalidad, y reservamos convocatorias con la antelación suficiente para tener los resultados en mano bien antes de presentar la solicitud.
Lista completa de documentos
Cada caso tiene pequeñas variaciones individuales, pero el expediente básico de nacionalidad por residencia es este:
- Certificado de nacimiento, apostillado y traducido oficialmente al español, emitido dentro del plazo de validez exigido
- Pasaporte y NIE, más su historial completo de permisos de residencia que demuestre la residencia legal continuada durante el periodo requerido
- Certificado de antecedentes penales de España y de todos los países donde haya vivido como adulto, apostillado y traducido cuando se emita en el extranjero
- Prueba de residencia continuada: historial de padrón (empadronamiento), historial de cotización a la seguridad social, o registros laborales equivalentes
- Certificado de aprobado del CCSE, y certificado DELE A2 (o equivalente aceptado) salvo que esté exento
- Para la vía de matrimonio: libro de familia o certificado de matrimonio, y prueba de convivencia y residencia legal continuadas con su cónyuge español
- Formulario oficial de solicitud completado, presentado a través del portal online de nacionalidad del Ministerio de Justicia
- Pago de la tasa de tramitación gubernamental
- Cuando corresponda, documentación civil de cualquier hijo menor incluido en la misma solicitud
El calendario de apostillas y traducciones juradas también es un cuello de botella recurrente aquí. Los certificados de antecedentes penales suelen tener un plazo de validez corto, así que si sus resultados del CCSE y el DELE, sus apostillas y sus certificados no coinciden todos dentro de la misma ventana temporal, corre el riesgo de presentar la solicitud con algo ya caducado. Secuenciamos todo el expediente para que nada caduque antes de llegar al Ministerio.
Proceso paso a paso y plazo realista
Fase 1: elegibilidad y preparación de documentos
Empezamos confirmando cuál de los tres plazos se le aplica y auditando su historial de residencia en busca de lagunas. En paralelo, planificamos su estudio del CCSE y confirmamos si aplica la exención del DELE, y después reunimos y secuenciamos los documentos civiles apostillados y traducidos para que nada caduque antes de presentar la solicitud. Esta fase suele durar de 2 a 4 meses, marcada sobre todo por el calendario de exámenes y los plazos documentales, no por la complejidad legal.
Fase 2: presentación y revisión del Ministerio
El expediente completo se presenta a través del portal online de nacionalidad del Ministerio de Justicia. Los tiempos de tramitación actuales de 2026 suelen situarse entre 12 y 24 meses desde la presentación hasta la resolución, y la mayoría de expedientes sencillos caen más cerca de la mitad de ese rango. El Ministerio puede solicitar documentación adicional o aclaraciones durante esta ventana, algo que gestionamos según surja.
Fase 3: la jura y la inscripción en el Registro Civil
Una vez concedida la nacionalidad, dispone de un plazo limitado, generalmente 180 días, para aceptarla formalmente jurando o prometiendo fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y las leyes, y después inscribiendo la concesión en el Registro Civil. Esta fase final se cubre en detalle en la siguiente sección, ya que también es donde los clientes más a menudo ahorran tiempo eligiendo la vía notarial frente a una cita en el Registro Civil.
En conjunto, un plazo total realista desde un expediente inicial limpio hasta ser un ciudadano español plenamente inscrito es de 14 a 28 meses, y la fase de revisión del Ministerio explica la mayor parte de ese tiempo. La fase final de la jura no tiene por qué añadir meses de retraso propios, siempre que se planifique correctamente.
Jura de nacionalidad ante notario: la vía más rápida
La aprobación de su nacionalidad no es el final del proceso. La ley española exige jurar o prometer formalmente fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y las leyes españolas, y renunciar a su nacionalidad anterior cuando corresponda, antes de que la concesión quede finalizada e inscrita. Este acto se llama la jura, o en términos más neutros, la jura o promesa de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes.
Tradicionalmente esta jura se realiza en un Registro Civil, y en muchas provincias, incluidas amplias zonas de Andalucía, las listas de espera de cita para este trámite concreto se han prolongado durante muchos meses, a veces más de un año, únicamente por acumulación de citas y no por nada relacionado con su expediente. Desde una reforma procesal de 2022, los solicitantes pueden en su lugar realizar la jura ante un notario español, la jura ante notario, y el notario remite directamente el acta firmada para su inscripción.
Por qué importa: la vía notarial suele ser la palanca más rápida que queda en todo el proceso una vez aprobada su nacionalidad. Las citas notariales en Málaga suelen reservarse en días o semanas, no en los meses que puede tardar un hueco en un Registro Civil saturado, por lo que gestionamos este paso para los clientes como un complemento de pago en lugar de dejarlo en manos de una cola del registro.
Nuestra tarifa base de 600 € cubre la solicitud completa hasta la aprobación. El complemento opcional de 150 € por la jura ante notario cubre reservar la cita notarial, preparar el acta, acompañarle, y remitir el documento firmado para su inscripción en el Registro Civil, de modo que la última etapa de su nacionalidad no se estanque por la disponibilidad del registro.
Las reglas de la doble nacionalidad, explicadas con honestidad
España restringe la doble nacionalidad como regla general, pero un amplio conjunto de tratados bilaterales establece una excepción para la mayoría de solicitantes que realmente usan esta vía. Los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal pueden hacerse españoles y conservar su nacionalidad de origen, porque España ha firmado tratados de doble nacionalidad o tiene disposiciones constitucionales equivalentes con estos países. Para la gran mayoría de nuestros clientes que llegan por el plazo reducido de 2 años, esto significa que el resultado práctico es sencillo: dos pasaportes, sin renuncia real exigida.
Para los nacionales de países fuera de esa lista, incluidos el Reino Unido, Estados Unidos, la mayor parte de la UE y la mayor parte de Asia y África, el formulario oficial de solicitud español exige renunciar formalmente a su nacionalidad anterior como parte del proceso de hacerse español. En la práctica, España no notifica a su país de origen ni vigila activamente esta renuncia, y muchos clientes de países sin tratado terminan teniendo ambos pasaportes porque su país de origen no retira automáticamente la nacionalidad a partir de una declaración extranjera. Si eso es seguro, aconsejable o siquiera legalmente coherente en su caso concreto depende enteramente del derecho de nacionalidad de su propio país, no del de España.
Esto no es una laguna en la que confiar ciegamente. Algunos países sí tratan una declaración formal de renuncia como efectiva independientemente de que se haga cumplir, y perder involuntariamente su nacionalidad de origen puede generar problemas serios en herencias, fiscalidad o el derecho a vivir y trabajar en otro lugar. Los solicitantes no comunitarios fuera de la lista de tratados deberían recibir asesoramiento específico sobre las normas de su propio país antes de presentar la solicitud, no después.
Señalamos esta cuestión a todo cliente no iberoamericano al inicio del proceso, no enterrada en el papeleo al final, para que pueda tomar una decisión informada con los ojos abiertos en lugar de descubrir la consecuencia después de haber jurado ya.
Motivos habituales de denegación y retraso
La mayoría de expedientes de nacionalidad que se estancan o se deniegan se remontan a un pequeño conjunto de problemas recurrentes:
- Lagunas o incoherencias en el historial de residencia, incluidos periodos en los que un permiso caducó o se renovó tarde
- Un certificado de antecedentes penales o civil caducado, sin apostillar o mal traducido, presentado con el expediente
- Un resultado del CCSE o el DELE ausente, suspendido o todavía no emitido en el momento de presentar la solicitud
- Deudas impagadas o no declaradas con las administraciones públicas españolas, que el Ministerio comprueba como parte de la buena conducta cívica
- Cualquier asunto penal pendiente o cuestión legal sin resolver que genere dudas sobre el requisito de “buena conducta cívica”
- No cumplir el plazo de 180 días para completar la jura y la inscripción tras la aprobación, lo que puede poner en riesgo la propia concesión
La mayoría de estos problemas se pueden resolver antes de presentar la solicitud y no después de una denegación, por eso la fase de elegibilidad y preparación documental importa tanto como la propia presentación. Cuando sí se produce una denegación, se aplican las mismas vías de recurso que en todo el derecho de extranjería español: un recurso de reposición en el plazo de un mes, o un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses. Consulte nuestra página de ¿Visado Denegado? Recurra para ver cómo funciona ese proceso.
La perspectiva desde Málaga
La solicitud de nacionalidad en sí se presenta de forma centralizada a través del portal online del Ministerio de Justicia, no en una oficina local, por lo que dónde viva dentro de España no cambia las normas de fondo. Donde entra Málaga es en todo lo que rodea al expediente: su historial de empadronamiento y de seguridad social que demuestra la residencia continuada, las reservas de sus exámenes CCSE y DELE, la coordinación de apostillas y traducciones juradas y, una vez aprobada, la propia jura notarial.

Nuestra oficina de Málaga mantiene organizada su documentación de residencia y civil desde el día en que empieza a contar los años, no solo cuando finalmente reúne los requisitos para presentar la solicitud, de modo que en el momento en que cruce la línea de los 10, 2 o 1 año, el expediente ya está casi listo. Reservamos sus convocatorias del CCSE y el DELE con la antelación suficiente para llegar a su ventana de presentación, y una vez concedida su nacionalidad, reservamos y le acompañamos a su jura notarial aquí en lugar de dejarle navegar solo una cola del Registro Civil.
Si todavía está trabajando hacia la elegibilidad en lugar de estar listo para presentar la solicitud hoy, nuestras páginas de Residencia Permanente y Renovación de Residencia cubren cómo mantener limpio su historial de permisos en los años previos a cumplir los requisitos, y nuestra página de Abogado de Extranjería en Málaga cubre la oficina y cómo trabajamos día a día.
Tarifas de nacionalidad por residencia, fijas y publicadas
Una tarifa profesional fija para la solicitud, más un complemento opcional para la jura notarial. Las tasas gubernamentales, las tasas de examen, las apostillas y las traducciones juradas se pagan aparte, al coste, directamente a la autoridad o proveedor correspondiente.
| Servicio | Qué incluye | Tarifa fija |
|---|---|---|
| Solicitud de nacionalidad por residenciaDesde la elegibilidad hasta la presentación al Ministerio | Revisión de plazos y elegibilidad, auditoría del historial de residencia, orientación sobre el CCSE y el DELE, preparación completa de documentos, presentación oficial a través del portal del Ministerio | 600 € |
| Jura de nacionalidad ante notarioOpcional, una vez aprobada | Reserva de su cita notarial, preparación del acta, acompañamiento, remisión de la jura firmada para su inscripción en el Registro Civil | +150 € |
Las tasas gubernamentales son aparte y modestas: la tasa de nacionalidad ronda los 106 €, la tasa del examen CCSE ronda los 85 €, y la tasa del DELE oscila entre unos 85 € y 160 € según el nivel y la convocatoria. La jura en el Registro Civil es gratuita pero puede conllevar una larga espera; una jura notarial suele costar unos 100 € en honorarios notariales, además de nuestra tarifa de gestión. Le detallamos todo el desglose de costes de terceros en su llamada gratuita antes de reservar nada. Todos los importes son precios de partida y varían según las circunstancias de cada caso. Los honorarios profesionales no incluyen el 21% de IVA. Las tasas gubernamentales y los costes de terceros (traducciones juradas, notario, certificados médicos, seguro) se facturan por separado.
Tres pasos, de principio a fin
Consulta gratuita
Confirmamos qué plazo de residencia se le aplica, 10, 2 o 1 año, y comprobamos si su historial y su situación de exámenes van por buen camino.
Presupuesto fijo + lista de documentos
Recibe una tarifa fija única y una lista de comprobación adaptada a su perfil exacto, incluyendo si necesita el DELE o puede alegar una exención.
Presentamos y seguimos hasta su jura
Presentamos la solicitud al Ministerio, hacemos seguimiento del expediente y, una vez aprobado, gestionamos su jura notarial para que el último paso no se estanque en una cola del registro.
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Sus preguntas sobre la nacionalidad española, resueltas
¿Cuántos años de residencia necesito antes de solicitar la nacionalidad española?
El requisito estándar son 10 años de residencia legal y continuada en España. Se reduce a 2 años para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y sefardíes. Se reduce aún más, a 1 año, para cónyuges de ciudadanos españoles y un puñado de otros casos especiales.
¿Puedo obtener la nacionalidad española más rápido casándome con un español?
Sí. Los cónyuges de ciudadanos españoles cumplen el requisito reducido de 1 año de residencia, siempre que el matrimonio esté legalmente inscrito en España y la pareja no esté separada legal ni de hecho. Igualmente debe aprobar los exámenes CCSE y DELE salvo que esté exento, y presentar el expediente completo de nacionalidad.
¿Qué es el examen CCSE y tengo que hacerlo?
El CCSE, Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España, es una prueba obligatoria tipo test sobre la constitución, el gobierno, la geografía y la cultura españolas. Casi todo solicitante de nacionalidad por residencia debe aprobarlo, con exenciones muy limitadas para niños pequeños y personas con discapacidad certificada que les impida realizarlo.
¿Qué es el examen DELE y quién está exento?
El DELE A2 (o un equivalente aceptado) acredita su nivel de español. Los nacionales de países hispanohablantes, como la mayoría de países iberoamericanos, Guinea Ecuatorial y, por razones históricas, Filipinas, están exentos, al igual que los solicitantes que puedan demostrar que se escolarizaron en español. Todos los demás generalmente deben presentarse y aprobarlo.
¿Qué es la jura de nacionalidad ante notario y en qué se diferencia de la jura en el Registro Civil?
Una vez aprobada su nacionalidad, debe jurar o prometer formalmente fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y las leyes antes de completar el proceso. Esto puede hacerse en un Registro Civil, que suele tener largas listas de espera, o, desde una reforma de 2022, ante un notario español, la jura ante notario. La vía notarial suele ser más rápida de reservar y completar, por lo que la gestionamos para los clientes como un complemento de pago.
¿Puedo conservar mi nacionalidad de origen al hacerme español?
Depende de su país de origen. España tiene tratados bilaterales que permiten la doble nacionalidad con la mayoría de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal, por lo que los nacionales de esos países pueden tener ambos pasaportes. Los nacionales de países sin ese tratado, incluidos el Reino Unido y Estados Unidos, técnicamente deben renunciar a su nacionalidad anterior en el formulario de solicitud español, aunque en la práctica España no hace cumplir esto de forma activa frente al país de origen y muchas personas conservan ambas. Los solicitantes no comunitarios fuera de la lista de tratados deberían recibir asesoramiento específico antes de dar por hecho que pueden conservar ambas.
¿Qué documentos necesito para solicitar la nacionalidad española por residencia?
Los documentos principales incluyen su TIE o historial de residencia, un certificado de nacimiento apostillado y traducido, certificados de antecedentes penales de España y de cualquier país donde haya vivido como adulto, prueba de residencia continuada como el historial de padrón y de la seguridad social, los certificados CCSE y DELE salvo exención, y el formulario oficial de solicitud presentado a través del portal online del Ministerio de Justicia.
¿Cuánto dura el proceso de nacionalidad por residencia?
Calcule entre 12 y 24 meses desde la presentación hasta la resolución, y las cifras actuales del Ministerio de Justicia para 2026 se sitúan más cerca de la mitad de ese rango para expedientes sencillos. Tras la aprobación, la jura y la inscripción en el Registro Civil añaden entre unas semanas y unos meses más, según use la vía notarial o una cita en el Registro Civil.
¿Cuáles son los motivos más comunes de denegación o retraso de una solicitud de nacionalidad?
Lagunas o incoherencias en su historial de residencia, un certificado de antecedentes penales caducado o mal apostillado, un resultado del CCSE o el DELE suspendido o ausente, deudas impagadas o no declaradas con las administraciones españolas, y cualquier antecedente penal o asunto legal sin resolver que genere dudas sobre la buena conducta cívica.
¿Qué países tienen el requisito reducido de 2 años de residencia?
Los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y los sefardíes cumplen el requisito de 2 años de residencia legal en lugar de los 10 estándar. Es una de las vías especiales más amplias del derecho de nacionalidad español y refleja vínculos históricos y lingüísticos, no ningún requisito de renta o inversión.
¿Cuánto cuesta solicitar la nacionalidad española con su despacho?
Nuestra tarifa fija es de 600 € por la solicitud completa de nacionalidad por residencia, que incluye la revisión de elegibilidad, la preparación de la documentación, la orientación sobre el CCSE y el DELE, y la presentación. Cobramos un complemento opcional de 150 € para gestionar su jura de nacionalidad ante notario una vez aprobado su expediente. Las tasas gubernamentales, las tasas de examen y los costes de traducción y apostilla se pagan aparte, al coste.
¿Tengo que renunciar a mi nacionalidad actual en la solicitud de nacionalidad española?
El formulario oficial le pide que renuncie a su nacionalidad anterior salvo que proceda de un país cubierto por un tratado de doble nacionalidad con España. Para países sin tratado, como el Reino Unido, Estados Unidos y la mayoría de los demás, esto es una declaración formal más que algo que España verifique activamente después con su país de origen, pero las consecuencias legales y prácticas varían lo suficiente como para que siempre revisemos este punto con los clientes no iberoamericanos antes de presentar la solicitud.
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