Arraigo Sociolaboral España 2026: normas y honorarios
Dos años en España más un contrato de trabajo de 20 horas semanales, y puede que ya cumpla los requisitos. Le explicamos cómo funciona el arraigo sociolaboral tras la reforma de mayo de 2025: el papel del empleador, en qué se diferencia del antiguo arraigo laboral, y qué hacer si el trabajo se cae, de la mano de una abogada colegiada con oficina en Málaga.
- 2 años de estancia
- 20h/semana al SMI
- Desde 2009
- Oficina en Málaga
¿Tiene una oferta de trabajo pero no un permiso válido?
Comprobamos que su contrato cumple los umbrales de 20 horas y salario, verificamos la situación de su empleador en la Seguridad Social, y presentamos su solicitud de arraigo sociolaboral de principio a fin, por un honorario fijo.
Consulta gratuita
El arraigo sociolaboral le permite regularizar su situación desde dentro de España una vez que tiene dos años de estancia continuada más una oferta o contrato de trabajo, o una combinación de contratos, que sumen al menos 20 horas semanales al salario mínimo interprofesional (SMI) o al convenio aplicable. Sustituyó a la antigua figura del arraigo laboral con la reforma que entró en vigor el 20 de mayo de 2025 (RD 1155/2024), y ya no exige probar un historial previo de empleo irregular. Nuestro honorario es fijo, 600 EUR.
Qué es el arraigo sociolaboral y a quién encaja
El arraigo sociolaboral es la vía de arraigo construida en torno al empleo. Es una de las cinco figuras de arraigo bajo el RD 1155/2024, concedida desde dentro de España a personas con dos años de estancia continuada que cuentan con una oferta o contrato de trabajo que cumple unos umbrales concretos de horas y salario. Mientras que el arraigo social se apoya en vínculos familiares o un informe de arraigo, el arraigo sociolaboral se apoya en un empleador dispuesto a contratarle ya.
Esta vía encaja con personas que ya trabajan de manera informal y quieren pasar a la formalidad, personas con una oferta de trabajo formal pendiente de su situación, y personas que combinan varios empleos a tiempo parcial que en conjunto suman una semana laboral real y verificable. Consulte nuestra guía de Arraigo España para ver cómo se compara con los otros cuatro tipos.

Regla general: si tiene dos años de estancia y cualquier combinación de contratos de trabajo que alcance las 20 horas semanales a un salario legal, el arraigo sociolaboral suele ser su vía más rápida, más rápida en la práctica que esperar un informe de arraigo para el arraigo social.
La regla de las 20 horas y el SMI o convenio, explicada
La prueba central es sencilla de enunciar y merece la pena precisar: su oferta o contrato de trabajo, o la suma de varios contratos de distintos empleadores, debe sumar al menos 20 horas semanales, y el salario debe alcanzar al menos el SMI (salario mínimo interprofesional) o el importe fijado por el convenio colectivo aplicable a ese puesto y sector, el que sea mayor.
| Elemento | Mínimo exigido |
|---|---|
| Horas semanales (contrato único o combinados) | 20 horas/semana |
| Suelo salarial | SMI o convenio aplicable, el que sea mayor |
| Estancia en España | 2 años continuados |
| Situación del empleador | Dado de alta y al corriente con la Seguridad Social |
Combinar dos o tres contratos a tiempo parcial para alcanzar el umbral es habitual y plenamente válido, siempre que cada contrato individual también supere de forma independiente el suelo salarial para su propio puesto. Comprobamos esta aritmética con cuidado antes de presentar la solicitud, ya que un contrato que parece correcto sobre el papel pero se queda corto en horas o euros es una de las razones más evitables por las que se deniegan los expedientes.
El papel del empleador en su solicitud
Su empleador firma la oferta o el contrato de trabajo que sustenta su expediente, y en la mayoría de los casos debe ser una empresa dada de alta y al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social y Hacienda. El empleador no presenta la solicitud de arraigo, lo hace usted, pero un expediente de empleador problemático, atrasos, un alta inactiva, o códigos de actividad que no coinciden, puede retrasar o poner en riesgo una solicitud por lo demás sólida.
Verificamos la situación del empleador antes de presentar la solicitud siempre que sea posible, ya que descubrir un problema después de presentarla supone un retraso en lugar de una solución rápida. Si tiene ofertas de más de un empleador, le ayudamos a elegir la combinación que dé a su expediente el rastro documental más limpio.

En qué se diferencia del antiguo arraigo laboral
El arraigo laboral, la figura previa a la reforma, exigía generalmente probar una relación laboral existente, a menudo irregular, con frecuencia a través de un acta de inspección de trabajo tras ser descubierto trabajando sin autorización. Eso lo convertía en una vía reactiva, en ocasiones punitiva.
El arraigo sociolaboral, introducido el 20 de mayo de 2025 por el RD 1155/2024, mira en cambio hacia adelante: basta con una oferta o contrato de trabajo válido de 20 horas semanales, sin necesidad de probar antes un historial de trabajo irregular. Es una vía más limpia y accesible para la gran mayoría de solicitantes, y una razón para revisarla si a alguien le dijeron hace unos años que el arraigo laboral no era realista para su situación.
Documentos que necesita
- Pasaporte en vigor, más fotocopia de las páginas relevantes
- Prueba de dos años de estancia continuada en España (historial de empadronamiento, registros médicos o escolares, correspondencia fechada)
- Oferta o contrato(s) de trabajo firmados que cumplan los umbrales de 20 horas y salario
- Prueba de que el empleador está dado de alta y al corriente con la Seguridad Social
- Certificado de antecedentes penales de España y de cada país de residencia de los últimos cinco años, apostillado y traducido oficialmente
- Dos fotografías recientes tipo carné para la futura tarjeta TIE
Si su contrato de trabajo se cae
Necesita una oferta o contrato de trabajo válido y activo en el momento de la presentación y, en general, en el momento de la resolución. Si un empleador retira la oferta, o el contrato termina antes de que se resuelva su expediente, avísenos de inmediato. Según el momento, a menudo podemos sustituir el contrato por uno de reemplazo sin reiniciar el proceso, o reevaluar si cambiar al arraigo social, basado en la estancia más vínculos familiares o un informe de arraigo, es la vía más segura para su caso concreto.
Este es uno de los mayores riesgos prácticos de la vía sociolaboral frente al arraigo social, y merece la pena hablarlo con franqueza en su llamada gratis en lugar de descubrirlo a mitad del proceso.
Plazos y denegaciones
El máximo legal para una resolución es de tres meses desde la presentación, aplicándose el silencio negativo pasado ese plazo, aunque los expedientes en Málaga suelen resolverse en dos a cuatro meses. El tiempo de preparación previo a la presentación, reunir certificados de antecedentes penales apostillados del extranjero y confirmar la situación del empleador en la Seguridad Social, suele añadir varias semanas más.
Las denegaciones se deben con más frecuencia a una situación incompleta del empleador con la Seguridad Social, un contrato que se queda corto en horas o salario, o una prueba de estancia escasa, y la mayoría son corregibles mediante un recurso de reposición presentado en el plazo de un mes, o un recurso contencioso-administrativo presentado en el plazo de dos meses.
Consulte nuestra guía de Tarjeta TIE España para saber qué ocurre una vez aprobado su permiso de arraigo sociolaboral.
Honorarios de arraigo sociolaboral, fijos y publicados
Un único honorario profesional fijo. Las tasas gubernamentales y los costes de certificados de terceros se pagan por separado, a precio de coste.
| Servicio | Qué incluye | Honorario fijo |
|---|---|---|
| Arraigo sociolaboral, solicitante principalRevisión del contrato, comprobación del empleador, presentación | Revisión del cumplimiento del contrato, comprobación del empleador en la Seguridad Social, presentación del EX-11, seguimiento hasta la TIE | €600 |
| Recurso de reposiciónSi le deniegan la solicitud | Revisión de la resolución, refuerzo del expediente, presentación del recurso administrativo | €450 |
| Certificados de antecedentes penalesEspaña + países de residencia, últimos 5 años | Coordinación de la solicitud y apostilla, por certificado | €75 |
Las tasas de tramitación gubernamentales y los costes de traducción jurada se facturan a precio de coste, por separado de nuestro honorario. Confirmamos el desglose completo de costes para su caso concreto en la llamada gratis. Todos los importes son precios de partida y varían según las circunstancias de cada caso. Los honorarios profesionales no incluyen el 21% de IVA. Las tasas gubernamentales y los costes de terceros (traducciones juradas, notario, certificados médicos, seguro) se facturan por separado.
Tres pasos, de principio a fin
Consulta gratuita
Revisamos su oferta o contratos de trabajo, comprobamos que cumplen los umbrales de 20 horas y salario, y confirmamos su prueba de estancia.
Preparamos su expediente
Verificamos la situación de su empleador en la Seguridad Social, coordinamos los certificados de antecedentes penales y las traducciones, y preparamos la presentación de su EX-11.
Presentado, seguido, resuelto
Presentamos en la Oficina de Extranjería, hacemos seguimiento de su expediente hasta la resolución, y avanzamos directamente a su cita para la tarjeta TIE una vez aprobado.
La confianza de las personas a las que servimos
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Preguntas sobre el arraigo sociolaboral, respondidas
¿Qué es el arraigo sociolaboral en España?
El arraigo sociolaboral es un permiso de residencia por circunstancias excepcionales concedido a personas que ya están en España con dos años de estancia continuada y que cuentan con una o varias ofertas o contratos de trabajo que suman al menos 20 horas semanales, pagadas como mínimo al SMI o al convenio aplicable. Es la vía de arraigo construida específicamente en torno a tener un empleador dispuesto a contratarle.
¿Cuántos años de estancia exige el arraigo sociolaboral?
Dos años de estancia continuada en España, la misma cifra que el arraigo social, reducidos desde tres años con la reforma que entró en vigor el 20 de mayo de 2025 (RD 1155/2024).
¿Qué condiciones de contrato de trabajo cualifican para el arraigo sociolaboral?
Necesita un contrato, o una combinación de contratos de distintos empleadores, que en conjunto sumen al menos 20 horas semanales, y el salario debe alcanzar al menos el SMI (salario mínimo interprofesional) o el importe fijado por el convenio colectivo aplicable (convenio), el que sea mayor para ese puesto y sector.
¿Puedo combinar dos empleos a tiempo parcial para cualificar?
Sí. Si ningún empleador le ofrece 20 horas semanales por sí solo, se pueden combinar dos o más contratos a tiempo parcial siempre que el total alcance las 20 horas semanales y cada contrato cumpla de forma independiente el suelo salarial del SMI o convenio. Esto es habitual en personas que trabajan en hostelería, limpieza o cuidados con varios empleadores.
¿Cuál es el papel del empleador en una solicitud de arraigo sociolaboral?
El empleador firma la oferta o el contrato de trabajo y, en la mayoría de los casos, debe estar dado de alta y al corriente con la Seguridad Social y Hacienda, ya que un expediente de empleador problemático puede retrasar o poner en riesgo la solicitud. El empleador no presenta la solicitud, esa responsabilidad es suya como solicitante, pero su documentación debe estar en orden para que su expediente prospere.
¿En qué se diferencia el arraigo sociolaboral del antiguo arraigo laboral?
El arraigo laboral, la figura previa a 2025, exigía generalmente probar una relación laboral existente, a menudo mediante un acta de inspección de trabajo tras trabajar sin autorización. El arraigo sociolaboral, introducido por el RD 1155/2024, pide en cambio una oferta o contrato de trabajo de cara al futuro, de al menos 20 horas semanales, sin necesidad de probar un historial previo de trabajo irregular. Es una vía considerablemente más fácil y limpia para la mayoría de los solicitantes.
¿Qué ocurre si mi contrato de trabajo se cae antes de la resolución?
Necesita una oferta o contrato de trabajo válido y activo en el momento de la presentación y, en general, en el momento de la resolución. Si su empleador retira la oferta o el contrato termina antes de la resolución, debe avisarnos de inmediato para que podamos evaluar si se puede sustituir por un contrato de reemplazo sin reiniciar el proceso, o si cambiar al arraigo social, basado en la estancia y vínculos familiares o un informe de arraigo, es la vía más segura.
¿Qué documentos exige el arraigo sociolaboral?
Un pasaporte en vigor, prueba de dos años de estancia continuada en España, la oferta o contrato de trabajo firmado que cumpla los umbrales de 20 horas y salario, prueba de que el empleador está dado de alta y al corriente con la Seguridad Social, un certificado de antecedentes penales de España y de cada país de residencia de los últimos cinco años, apostillado y traducido, y fotos tipo carné para su futura tarjeta TIE.
¿Cuánto tarda una solicitud de arraigo sociolaboral?
El máximo legal para una resolución es de tres meses desde la presentación, y el silencio pasado ese plazo cuenta como denegación (silencio negativo). Los expedientes en Málaga suelen resolverse en dos a cuatro meses, aunque reunir certificados de antecedentes penales apostillados del extranjero y confirmar la situación del empleador en la Seguridad Social puede añadir varias semanas de preparación antes de presentar la solicitud.
¿Puedo trabajar para un empleador distinto al de mi solicitud?
Una vez concedido su permiso de arraigo sociolaboral, le autoriza a trabajar en general, no solo para el empleador indicado en el expediente. Es libre de cambiar de trabajo tras la aprobación, siempre que siga trabajando conforme a las condiciones del permiso.
¿El tiempo como persona con el visado caducado cuenta para los dos años en el sociolaboral?
Sí. Igual que en el arraigo social, los dos años de estancia continuada no necesitan haber sido de residencia legal, solo presencia física documentada en España mediante empadronamiento, registros médicos, escolares o similares fechados.
¿Qué ocurre si me deniegan la solicitud de arraigo sociolaboral?
Puede presentar un recurso de reposición en el plazo de un mes desde la notificación, o un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses. Las denegaciones suelen deberse a una situación incompleta del empleador con la Seguridad Social, un contrato que no alcanza el umbral de horas o salario, o una prueba de estancia escasa, todo ello generalmente corregible en recurso.
¿El arraigo sociolaboral puede llevar a la residencia permanente y la nacionalidad?
Sí. Concede un permiso de residencia temporal renovable que cuenta para los cinco años necesarios para la residencia de larga duración y para los diez años, o dos para nacionales iberoamericanos, necesarios para la nacionalidad española por residencia.
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