Arraigo Social España 2026: regla de 2 años y honorarios
Dos años en España, ya no hace falta probar trabajo informal. Le explicamos exactamente cómo funciona el arraigo social tras la reforma de mayo de 2025: el informe de arraigo en la Junta, la alternativa de vínculos familiares, documentos, plazos y qué hacer si le deniegan la solicitud, de la mano de una abogada colegiada con oficina en Málaga.
- 2 años de estancia, no 3
- Sin prueba de trabajo informal
- Desde 2009
- Oficina en Málaga
¿Ya vive en España sin un visado que lo demuestre?
Preparamos su expediente de prueba de estancia, gestionamos su informe de arraigo en la Junta o sus documentos de vínculos familiares, y presentamos su solicitud de arraigo social de principio a fin, por un honorario fijo.
Consulta gratuita
El arraigo social le permite regularizar su residencia desde dentro de España una vez que acredita dos años de estancia continuada, reducidos desde tres tras la reforma que entró en vigor el 20 de mayo de 2025 (RD 1155/2024). Ya no necesita probar un historial de trabajo informal; en su lugar necesita un informe de arraigo favorable de la Junta de Andalucía o vínculos familiares con un pariente español o residente legal. Nuestro honorario es fijo, 600 EUR, e incluye la gestión del informe de arraigo.
Qué es el arraigo social y a quién encaja
El arraigo social es una de las cinco vías de arraigo hacia la residencia en España, todas agrupadas bajo «circunstancias excepcionales» y todas se presentan desde dentro del país, no en un consulado en el extranjero. Existe para personas que ya viven en España, a menudo sin un visado activo, y que quieren regularizar su situación en función de cuánto tiempo llevan aquí y de su grado de integración, no de una oferta de trabajo, una plaza de estudios o una inversión.
Es la vía que vemos con más frecuencia en personas que llegaron con una estancia turística y nunca se marcharon, en antiguos estudiantes cuyo visado caducó, y en familiares que se reunieron con alguien en España de manera informal. Si esta es su situación, el arraigo social es muy probablemente su camino legal más rápido de vuelta a un permiso válido.
El arraigo social convive con el arraigo sociolaboral (basado en contrato de trabajo), el arraigo socioformativo (basado en formación), el arraigo familiar (casos específicos de menores y dependientes), y el nuevo arraigo de segunda oportunidad para personas que tuvieron residencia previamente y la perdieron. Consulte nuestra guía de Arraigo España para ver cómo se comparan los cinco tipos.

Regla general: si puede documentar dos años de estancia y tiene familia en España o un caso razonable de integración social, vale la pena explorar el arraigo social, aunque un abogado anterior o un amigo le dijera que necesitaba tres años o pruebas de años de trabajo en efectivo. Ambos requisitos cambiaron el 20 de mayo de 2025.
Qué cambió realmente la reforma de mayo de 2025
El Real Decreto 1155/2024, el nuevo Reglamento de Extranjería, entró en vigor el 20 de mayo de 2025 y transformó el arraigo social en dos aspectos que importan enormemente a los solicitantes. Primero, el periodo de estancia continuada exigido bajó de tres años a dos. Segundo, se eliminó por completo el antiguo requisito de documentar un historial de trabajo informal no declarado, que solía complicar a quienes no podían aportar ese tipo de pruebas.
En su lugar, la normativa actual pide un informe de integración social favorable de su comunidad autónoma, o vínculos familiares documentados con un ciudadano español o residente legal. Este listón es considerablemente más accesible para muchos solicitantes, sobre todo para quienes simplemente han vivido de forma discreta en España sin empleo formal.
| Antes del 20 de mayo de 2025 | Desde el 20 de mayo de 2025 | |
|---|---|---|
| Estancia exigida | 3 años continuados | 2 años continuados |
| Prueba de historial laboral | A menudo exigida, se aceptaba trabajo informal | No exigida |
| Vía para optar | Solo informe de arraigo, en la mayoría de casos | Informe de arraigo O vínculos familiares |
El informe de arraigo en la Junta
Si no tiene vínculos familiares que le permitan optar, su vía hacia el arraigo social pasa por el informe de arraigo, un informe de integración emitido por la comunidad autónoma correspondiente a su domicilio. En Andalucía, eso significa la Junta de Andalucía a través de sus delegaciones territoriales. El informe valora su grado de integración social en España: cuánto tiempo lleva aquí, sus vínculos con la comunidad local, su dominio del español, y en algunos casos la estabilidad de su vivienda y sus medios de vida.
Obtener este informe es un pequeño proceso en sí mismo, con su propio sistema de citas, separado del expediente de Extranjería, y con sus propios tiempos de espera que varían según la provincia. Gestionamos la cita en la Junta y la documentación de apoyo para ese informe como parte de nuestro honorario de arraigo social, ya que un expediente de informe de arraigo mal preparado es una de las razones más frecuentes por las que los solicitantes pierden meses esperando un resultado que después deben recurrir.

La alternativa de vínculos familiares
Si tiene un cónyuge, padre, madre o hijo que sea español o ya residente legal en España, puede optar al arraigo social mediante vínculos familiares en lugar de esperar un informe de arraigo. Esta vía suele avanzar más rápido en la práctica, ya que se apoya en documentos del registro civil, como certificados de matrimonio o nacimiento, y en la prueba de residencia del familiar correspondiente, en vez de una valoración municipal o autonómica que sigue su propio calendario.
Vemos esta vía sobre todo en parejas de hecho con un hijo en común en la que uno de los progenitores ya tiene residencia, y en personas cuyo cónyuge obtuvo la nacionalidad o la residencia española antes de que se resolviera su propia situación. Si este es su caso, cuéntenoslo en la llamada gratis, ya que puede acortar considerablemente su plazo.
Documentos y cómo construir su expediente de prueba de estancia
Los dos años de estancia continuada no necesitan haber sido de residencia legal; lo que importa es probar que estuvo físicamente presente en España. Suele ser la parte más difícil de preparar bien en todo el expediente, y la que más merece la pena resolver con ayuda profesional.
- Pasaporte en vigor, más fotocopia de las páginas relevantes
- Historial de empadronamiento que muestre su domicilio registrado a lo largo del tiempo
- Registros de citas médicas, matrícula escolar de los hijos, y documentos fechados similares
- Certificado de antecedentes penales de España y de cada país de residencia de los últimos cinco años, apostillado y traducido oficialmente
- Informe de arraigo de la Junta, o documentos de vínculos familiares (certificado de matrimonio o nacimiento, prueba de residencia del familiar)
- Dos fotografías recientes tipo carné para la futura tarjeta TIE
Las ausencias de España durante los dos años están permitidas dentro de unos límites, pero los vacíos grandes o frecuentes necesitan una explicación clara, ya que el funcionario que revisa el expediente comprueba específicamente la continuidad. Consulte nuestra guía de Empadronamiento España para saber cómo construir el historial de registro de domicilio que sustenta la mayoría de los expedientes de prueba de estancia.
Plazo realista, de principio a fin
Una vez presentada la solicitud, el máximo legal para una resolución es de tres meses, y el silencio pasado ese plazo cuenta legalmente como denegación (silencio negativo), aunque en la práctica los expedientes en Málaga suelen resolverse en dos a cuatro meses. La variable más importante suele ser la fase de preparación previa a la presentación: reunir certificados de antecedentes penales apostillados del extranjero, esperar una cita para el informe de arraigo en la Junta si lo necesita, y reunir la prueba de estancia continuada puede llevar fácilmente de cuatro a doce semanas por sí solo.
Denegaciones y cómo corregirlas
La mayoría de las denegaciones de arraigo social que revisamos se deben a una prueba de estancia escasa o incoherente, un certificado de antecedentes penales caducado, o un informe de arraigo débil, más que a una falta de elegibilidad real. Eso hace que muchas denegaciones se puedan ganar en recurso una vez reforzado el expediente. Tiene un mes desde la notificación para presentar un recurso de reposición, de carácter administrativo, o dos meses para ir directamente a un recurso contencioso-administrativo, en el que solo una colegiada puede representarle.
Si su solicitud fue denegada con otro abogado o presentada sin ninguno, revisamos la resolución y el expediente antes de decidir qué vía de recurso le da mejores probabilidades, en lugar de recurrir por defecto a la opción más barata.
Honorarios de arraigo social, fijos y publicados
Un único honorario profesional fijo, que incluye la gestión del informe de arraigo. Las tasas gubernamentales y los costes de certificados de terceros se pagan por separado, a precio de coste.
| Servicio | Qué incluye | Honorario fijo |
|---|---|---|
| Arraigo social, solicitante principalPrueba de estancia, informe de arraigo o vínculos familiares, presentación | Revisión de la prueba de estancia, gestión del informe de arraigo en la Junta o expediente de vínculos familiares, presentación del EX-11, seguimiento hasta la TIE | €600 |
| Recurso de reposiciónSi le deniegan la solicitud | Revisión de la resolución, refuerzo del expediente, presentación del recurso administrativo | €450 |
| Certificados de antecedentes penalesEspaña + países de residencia, últimos 5 años | Coordinación de la solicitud y apostilla, por certificado | €75 |
Las tasas de tramitación gubernamentales y los costes de traducción jurada se facturan a precio de coste, por separado de nuestro honorario. Confirmamos el desglose completo de costes para su caso concreto en la llamada gratis. Todos los importes son precios de partida y varían según las circunstancias de cada caso. Los honorarios profesionales no incluyen el 21% de IVA. Las tasas gubernamentales y los costes de terceros (traducciones juradas, notario, certificados médicos, seguro) se facturan por separado.
Tres pasos, de principio a fin
Consulta gratuita
Revisamos su historial de estancia, identificamos si los vínculos familiares o el informe de arraigo son su vía más rápida, y señalamos cualquier documento que falte desde el principio.
Preparamos su expediente
Gestionamos el informe de arraigo en la Junta o los documentos de vínculos familiares, coordinamos los certificados de antecedentes penales y las traducciones, y preparamos la presentación de su EX-11.
Presentado, seguido, resuelto
Presentamos en la Oficina de Extranjería, hacemos seguimiento de su expediente hasta la resolución, y avanzamos directamente a su cita para la tarjeta TIE una vez aprobado.
La confianza de las personas a las que servimos
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Preguntas sobre el arraigo social, respondidas
¿Qué es el arraigo social en España?
El arraigo social es un permiso de residencia por circunstancias excepcionales que permite a alguien que ya vive en España regularizar su situación desde dentro del país, sin salir para solicitar un visado en el extranjero. Se concede en función de su estancia continuada en España más vínculos familiares aquí o un informe de arraigo favorable, no de una oferta de trabajo o una plaza de estudios.
¿Cuántos años de estancia exige el arraigo social en 2026?
Dos años de estancia continuada en España, reducidos desde tres con la reforma que entró en vigor el 20 de mayo de 2025 (RD 1155/2024). Es el mayor cambio en el arraigo social en más de una década, y significa que muchas personas a las que se les dijo que esperaran un año más ya cumplen los requisitos.
¿Todavía necesito probar un historial de trabajo informal para el arraigo social?
No. Bajo las normas anteriores a 2025, los solicitantes de arraigo social a menudo tenían que documentar años de trabajo informal. Ese requisito se eliminó. Ahora se opta mediante dos años de estancia más vínculos familiares en España o un informe de arraigo social favorable (informe de arraigo) de su municipio.
¿Qué es el informe de arraigo, y quién lo emite?
El informe de arraigo, o informe de integración, lo emite el organismo autonómico correspondiente a su domicilio; en Andalucía es la Junta de Andalucía a través de sus delegaciones territoriales. Valora su grado de integración social: tiempo en España, vínculos con la comunidad, idioma, y en algunos casos estabilidad de vivienda e ingresos. Es una de las dos formas de cumplir el requisito de vínculos sociales, siendo la otra los vínculos familiares directos con un pariente español o residente legal.
¿Y si tengo vínculos familiares en lugar de un informe de arraigo?
Puede optar mediante vínculos familiares en lugar de esperar un informe de arraigo si tiene un cónyuge, padre, madre o hijo que sea español o ya residente legal en España. Esta vía suele avanzar más rápido que esperar una cita para el informe de arraigo, ya que se apoya en documentos del registro civil en lugar de una valoración municipal.
¿Qué documentos exige el arraigo social?
Un pasaporte en vigor, prueba de dos años de estancia continuada en España como historial de empadronamiento, registros médicos y correspondencia fechada, un certificado de antecedentes penales de España y de cada país en el que haya vivido en los últimos cinco años, apostillado y traducido oficialmente, más el informe de arraigo de la Junta o los documentos de vínculos familiares, y fotos tipo carné para la futura tarjeta TIE.
¿Cuánto tarda una solicitud de arraigo social?
El máximo legal para una resolución es de tres meses desde la presentación, y la falta de respuesta pasado ese plazo cuenta como denegación (silencio negativo). En la práctica, los expedientes en Málaga suelen resolverse en dos a cuatro meses, aunque el propio informe de arraigo, si lo necesita, puede añadir varias semanas antes incluso de presentar la solicitud, ya que las citas de la Junta siguen su propio calendario.
¿Puedo trabajar mientras mi solicitud de arraigo social está pendiente?
No, la solicitud pendiente por sí sola no lo autoriza. Una vez concedido el permiso, el arraigo social incluye autorización de trabajo completa, por cuenta ajena o propia, desde el primer día. Trabajar sin autorización mientras el expediente está pendiente puede complicar su caso en lugar de ayudarlo.
¿Qué cuenta como prueba de dos años de estancia continuada?
Certificados de empadronamiento que muestren su domicilio registrado a lo largo del tiempo, registros de citas médicas, matrícula escolar de los hijos, comprobantes de transferencias de dinero, contratos de alquiler, y cualquier otro documento fechado que le sitúe físicamente en España. Cuanto más sólido y continuo sea el rastro documental, menos preguntas plantea el expediente. Las ausencias en el extranjero están permitidas dentro de unos límites, pero los vacíos grandes necesitan explicación.
¿El tiempo como persona con el visado caducado cuenta para los dos años?
Sí. El arraigo no exige que su estancia previa fuera legal, solo que pueda probar su presencia física. Alguien que entró con un visado turístico y se quedó tras su vencimiento, o cuyo visado de estudiante u otro tipo caducó, puede contar igualmente ese tiempo para los dos años, siempre que la prueba de estancia sea sólida.
¿Qué ocurre si me deniegan la solicitud de arraigo social?
Puede presentar un recurso de reposición en el plazo de un mes desde la notificación, o ir directamente a un recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses. La mayoría de las denegaciones que vemos se deben a una prueba de estancia escasa o un certificado de antecedentes penales caducado, no a una falta de elegibilidad real, lo que hace que muchas se puedan ganar en recurso corrigiendo el expediente.
¿El arraigo social puede llevar a la residencia permanente y la nacionalidad?
Sí. El arraigo social concede un permiso de residencia temporal de un año, renovable, que cuenta para los cinco años necesarios para la residencia de larga duración y para los diez años, o dos para nacionales iberoamericanos, necesarios para la nacionalidad española por residencia.
¿En qué se diferencia el arraigo social del arraigo sociolaboral?
El arraigo social se basa en la estancia más vínculos familiares o un informe de arraigo; no exige oferta de trabajo. El arraigo sociolaboral, en cambio, exige uno o varios contratos de trabajo que sumen al menos 20 horas semanales, pagados como mínimo al SMI o al convenio aplicable. Quienes tienen un empleador dispuesto a contratarles suelen ir mejor por la vía sociolaboral; quienes no lo tienen recurren al social.
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